Los gobernadores mineros firmaron un acuerdo con el Ministerio de Planificación para avanzar en mecanismos de participación de la renta que deja la minería. Hoy, el vocero del grupo, el jujeño Eduardo Fellner deberá presentarse ante la Corte Suprema para responder sobre la violación a los derechos del pueblo indígena.
Las provincias que integran la Organización Federal de Estados Mineros (Ofemi) rubricaron el "Acuerdo Federal Minero", que habilita a constituir empresas públicas provinciales y crear agencias de desarrollo locales para “participar de la renta minera”. El acuerdo fue encabezado por el gobernador de Jujuy, Eduardo Fellner junto a nueve gobernadores más de las provincias mineras. El acuerdo considera a la OFEMI como órgano asesor sobre las políticas mineras y le otorga la potestad de constituir empresas públicas mineras provinciales, de fijar fideicomisos para construir obras de infraestructura básica y de crear agencias de desarrollo locales, entre otras facultades.
Hoy, la Corte Suprema de Justicia citó a Fellner a una audiencia pública a las diez de la mañana por un reclamo de explotación de tierras pertenecientes a comunidades originarias. En efecto, las comunidades indígenas de las Salinas Grandes, de las provincias de Salta y Jujuy vienen denunciando hace al menos dos años, que no fueron consultadas por el accionar de doce empresas mineras de litio que exploran en su territorio. La medida presentada por las comunidades, incluye al gobierno nacional “debido a la presunta conducta omisiva en que incurrió a través de su Secretaria de Minería”
En noviembre pasado el Relator Especial para Pueblos Indígenas de la ONU, James Anaya visitó Argentina para marcar la violación del gobierno nacional al convenio 169 de la OIT que especifica que debe haber consentimiento previo ante proyectos que involucren tierras de los pueblos originarios.
Las treinta y tres comunidades demandantes son habitantes de la zona de Salinas Grandes que abarca los departamentos de Cochinoca y Tumbaya de Jujuy, La Poma y Cobres de Salta e integra a su vez la sub cuenca de la Laguna de Guayatoc – Salinas Grandes. Esta región es considerada dentro de la Puna junto al norte chileno y buena parte de Bolivia, el llamado “triangulo del litio” donde se concentra cerca del 85% del mineral en todo el mundo. Con el desarrollo tecnológico del mundo hoy, el litio es utilizado para la fabricación de teléfonos inteligentes, tablets y otros productos de alta gama tecnológica accesibles para determinados sectores sociales no solo por su costo sino también por su impacto socio-cultural.
En concreto, las comunidades reclaman “que se ordene el dictado de una medida cautelar por la cual se ordene abstenerse de otorgar cualquier permiso administrativo de cateo o exploración y explotación minera en la zona de riesgo en cuestión, especialmente las referidas a litío y borato, así como también que se suspenda la ejecución de los permisos ya otorgados”.
La contracara actual de la megaminería es la criminalización y represión a quienes se oponen al modelo extractivo, como sucedió en La Rioja recientemente y con las comunidades indígenas. La falta de respuestas del estado argentino en la audiencia que se realizara en marzo pasado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH es un ejemplo de esto. La audiencia fue solicitada por organizaciones de derechos humanos y comunidades indígenas ante el avance de las empresas mineras, que tuvo como correlato el incumplimiento de la legislación indígena y el agravante de la represión y criminalización de la protesta social, dejando al descubierto los fines del Acuerdo Minero y la política nacional para la protección de los suelos argentinos y sus habitantes.
Aunque el Acuerdo promulga la integración de la cultura de los pueblos con las actividades mineras, la paradójica política oficialista niega las consultas previas frente a la toma de decisiones con respecto a la explotación de las tierras, así como al derecho a sus propias tierras y al goce de qué hacer con ellas.
En la audiencia convocado por la CIDH se denunció el incumplimiento de la legislación nacional indígena ejemplificada en la Ley 26160 “que debiera suspender los desalojos y realizar un releva miento territorial”. Tal como consigna el periodista Darío Aranda en su nota en el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas, a mayo de 2011 se habían vencido “siete convenios con provincias para realizar relevamientos, tres provincias se niegan a realizarlo y en Catamarca no se delimito el territorio de ninguna comunidad”.
Mientras tanto en la misma audiencia, los representantes del estado argentino alegaron que la política nacional en materia de derechos de los pueblos indígenas se haya revertido luego de una degradación de diez años de neoliberalismo. Según menciona Aranda, los representantes del oficialismo remarcaron ante la mirada atónita de las organizaciones presentes y en la lectura sin pausas del informe que presentaron ante la CIDH tres ejes como avance de la nueva política: “identidad, tierras y acceso a la Justicia”, por último finalizaron “prometiendo que consultarían a las autoridades competentes y que responderían por escrito”.
El gobierno kirchnerista garantiza acuerdos entre provincias mineras, la declaración de políticas públicas y la sanción de leyes que las lleven adelante, pero no garantiza cumplirlas. La contracara de la megaminería, de la explotación petrolífera, de las forestaciones y el monocultivo de soja es la expulsión, persecución y criminalización de la protesta de los pueblos indígenas en Argentina.
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